Garantía al consumidor.
La Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad asume un Compromiso Institucional de Calidad, único en la historia de la justicia, en todos los contratos de arrendamientos firmados con la Garantía de Alquiler, por el cual, todos los procedimientos serán enjuiciados en un plazo máximo de 30 días desde la notificación del inicio del procedimiento hasta dictarse el Laudo o Sentencia Arbitral, y si se retrasa un solo día la Corte de Arbitraje se responsabiliza adelantando el importe de las cantidades reclamadas.
De esta manera conseguimos hacer llegar al ciudadano una seguridad jurídica de una forma más rápida y eficaz, eliminando definitivamente la sensación de inseguridad jurídica en los alquileres.
Tanto arrendador como arrendatario pueden reclamar en la Corte de Arbitraje el cumplimiento de todo aquello estipulado en el contrato de arrendamiento, que se encuentra contemplado por la Ley de Arrendamientos Urbanos:
- Impago o actualización de las rentas o mensualidades.
- Impago de los gastos que correspondan por servicios o suministros.
- Daños producidos por el mal uso en el inmueble o en sus enseres.
- Renovación de aval bancario (en el caso de haberlo).
- Realización de obras no consentidas.
- Cesión o subarriendo no consentido.
El Grupo inmobiliario Álvarez y Rosell está homologado y autorizado para la venta de la garantía de arrendamiento. Para adquirir dicha garantía puede acercarse a nuestra oficina situada en Alicante, Avenida de Novelda Nº 123 C.P. 03009.
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